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Guillermo Diaz F. Socio Clickabogados &

Finalidad de las Acciones de Grupo

Actualizado: 7 mar 2020


¿Sabe usted que es una acción de grupo? a través del presente documento les contare algunos aspectos básicos de dicha acción.

De conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 472 de 1998 las acciones de grupo: “Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas”.

A través de este mecanismo es posible que una o varias personas que han sufrido un daño individual, , pueden presentar una sola acción que beneficie a la totalidad del grupo, en lugar de presentar numerosas y múltiples demandas en interés particular.

Pero y ¿qué es una condición uniforme?

Este concepto hace referencia a que las personas afectadas deben compartir la misma situación respecto de la causa que originó los perjuicios individuales, para que proceda la accion de grupo.

Una vez hemos establecido la finalidad de las acciones de grupo debemos tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. El grupo deberá estar integrado al menos por veinte (20) personas.

Observación: La Corte Constitucional mediante Sentencia C-116 de 2008 se refirió frente al requisito de la conformación del grupo el cual debe estar integrado por al menos 20 personas, bajo el entendido de que la legitimación activa en las acciones de grupo no se requiere conformar un número de veinte personas que instauren la demanda, pues basta que un miembro del grupo que actúe a su nombre establezca en la demanda los criterios que permitan establecer la identificación del grupo afectado.

2. Podrán ser presentadas por personas naturales o jurídicas que hubieren sufrido un perjuicio individual, de la misma manera podrán interponerlas el defensor del pueblo y los personeros municipales o distritales podrán interponerla en nombre de cualquier persona que lo haya solicitado o se encuentre en situación de desamparo o indefensión.

2. Esta acción es netamente de carácter indemnizatorio, teniendo en cuenta que lo que busca es el resarcimiento de los daños causados al grupo.

3. Deberá promoverse dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha en que se causó el daño o cesó la acción vulnerable causante del mismo.

4. Debe presentarse por intermedio de abogado.

¿Ante quien debo presentar la Acción de Grupo?

​Deberá ser presentada ante el juez contencioso administrativo cuando el perjuicio haya sido causado por una entidad pública o por una entidad privada que desempeñe funciones administrativas, en las originadas en razón de actividades de otros entes será competente el juez civil del circuito.


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